Skip to content
← Todos los artículos
·3 min read

Ley 641: Panamá Exige Sustancia Económica a Multinacionales — Lo Que Debes Saber

La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad la Ley 641 que requiere sustancia económica a grupos multinacionales con entidades en Panamá. Entra en vigor en 2027.

JV

Jaime Vásquez

CTO & Co-Founder, Limestone Group

Compartir:LinkedIn
Ley 641: Panamá Exige Sustancia Económica a Multinacionales — Lo Que Debes Saber

Una ley histórica para Panamá

El 27 de mayo de 2026, la Asamblea Nacional de Panamá aprobó por unanimidad (70 votos a favor, cero en contra) el Proyecto de Ley 641, que modifica el Código Fiscal para establecer requisitos de sustancia económica aplicables a grupos multinacionales con entidades en el país.

Esta ley marca un punto de inflexión: Panamá mantenía un sistema fiscal territorial puro donde las rentas de fuente extranjera estaban exentas al 100%. Con la Ley 641, las entidades que no demuestren presencia real en Panamá pagarán una tarifa del 15% sobre sus rentas pasivas del exterior.

¿Qué es la sustancia económica?

La sustancia económica es la demostración de que una entidad tiene presencia real y operativa en un país — no solo un registro legal. La Ley 641 establece cuatro pilares:

  1. Personal calificado — empleados reales, remunerados, dedicados a la operación
  2. Instalaciones adecuadas — oficinas físicas y funcionales en Panamá
  3. Toma de decisiones — las decisiones estratégicas y asunción de riesgos ocurren en territorio panameño
  4. Gastos operativos reales — costos proporcionales y verificables en el país

¿A quién aplica?

La ley se dirige a entidades que forman parte de grupos multinacionales (dos o más entidades vinculadas por propiedad o control, operando en distintas jurisdicciones) que:

  • Estén constituidas o domiciliadas en Panamá
  • Reciban rentas pasivas de fuente extranjera: dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital o ingresos inmobiliarios del exterior

¿Qué pasa si no cumples?

Las entidades que no acrediten sustancia económica suficiente enfrentarán una tarifa única y definitiva del 15% sobre la renta neta gravable de esas rentas pasivas. Deberán reportar anualmente en su Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta.

¿Quiénes están excluidos?

La ley contempla excepciones para entidades reguladas supervisadas en Panamá, siempre que sus rentas pasivas estén directamente vinculadas a sus actividades reguladas: bancos, aseguradoras, reaseguradoras, entidades del mercado de valores, administradores de fondos de inversión y entidades del sector marítimo.

¿Por qué ahora?

La intención principal es avanzar en la exclusión de Panamá de la lista de jurisdicciones no cooperantes de la Unión Europea. También busca fortalecer la posición competitiva del país, atrayendo inversión que genere empleo real y actividad económica genuina.

Cronología

  • 30 de abril 2026 — El MEF presenta el Proyecto de Ley 641 a la Asamblea
  • Mayo 2026 — Consultas públicas con 60+ gremios y profesionales
  • 27 de mayo 2026 — Aprobación unánime en tercer debate
  • Próximamente — Sanción presidencial y publicación en Gaceta Oficial
  • 90 días después — Plazo para reglamentación
  • Período fiscal 2027 — Entrada en vigor

¿Qué hacer ahora?

Si tu empresa forma parte de un grupo multinacional con presencia en Panamá, tienes hasta el período fiscal 2027 para asegurar que cumples con los requisitos de sustancia económica.

Limestone Group no es un despacho de abogados ni una firma fiscal. Somos tu socio operativo y tecnológico — la presencia real que la ley exige. Proporcionamos soft landing, representación local, personal calificado, instalaciones y tecnología de última generación.

Haz nuestra autoevaluación gratuita para descubrir si la Ley 641 te afecta.

sustancia económicaley 641multinacionalesimpuestospanamá
Compartir:LinkedIn

Artículos relacionados

Contacto

Hablemos

Cuéntanos qué necesitas. Un socio director te responderá en menos de 24 horas.

Oficina

Ciudad de Panamá, Panamá

O escríbenos directamente a info@limestonegroup.biz